El sector laboral en la prestación del servicio de vigilancia ofrece un panorama alentador en cuanto a los
empleos de seguridad privada, mientras estos cumplan con la normatividad impuesta por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada.
En el caso de las empresas de seguridad privada, según el Decreto ley 356 de 1994 en su artículo 3, el servicio sólo podrá ser prestado si se obtiene una licencia expedida que demuestre su autorización para ejercer.
Para los vigilantes sus funciones se definen en el artículo 2.6.1.1.3.1.2. del Decreto 1070 de 2015 en donde se presentan como personas naturales que tienen el deber de proteger y custodiar a un bien o a los individuos al interior de un inmueble con el fin de prevenir, detener o disminuir las amenazas que puedan afectar su seguridad y su tranquilidad. Para llevar a cabo su labor deben estar contratados por medio de una empresa de de vigilancia privada, de lo contrario no se puede proteger ningún espacio y mucho menos portar un uniforme de guarda.
Aunque existen diferentes criterios de selección por parte de las empresas de seguridad y agencias de empleo en el país, podemos decir que en resumen los requerimientos contemplan las siguientes características:
Hoy en día las empresas de seguridad realizan procesos de filtro muy exigentes, para evitar al máximo casos de suplantación en documentos, falsedad en los certificados de estudios, o certificaciones laborales falsas, lo cual ha obligado a estandarizar los procedimientos de empleabilidad y ejecución de los procesos de selección.
Lo anterior obliga a las personas que se postulan a las vacantes de empleos en seguridad privada a tener todas sus certificaciones en regla que permitan probar su experiencia laboral y la veracidad de sus cursos especializados.
Camilo Pabón, asociado de Archila Abogados afirma que “Este sector es supremamente regulado, tanto así, que año a año la Superintendencia de Vigilancia fija cuál es la tarifa mínima que se debe pagar por cada una de las modalidades de servicio”. Esta circular externa se emite como un comunicado desde la página web oficial de la Supervigilancia; este régimen de tarifas debe aplicarse a todas las empresas de vigilancia que se encuentren bajo la inspección, vigilancia y control de dicho organismo.
Atendiendo a las necesidades de los clientes se pueden tener en cuenta varios ítems al momento de prestar un
servicio de seguridad.
Al cumplir con todos estos factores el mercado de la vigilancia privada en Colombia se solidifica como una industria en franca expansión. En el último estudio realizado por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada se documentan las cifras que determinan la estabilidad del sector.
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